Por: Nicolás Marquez
Publicado originalmente: www.prensarepublicana.com
Insólitamente, los bloques de Diputados de los partidos políticos que oportunamente sancionaron las leyes de Obediencia Debida y Punto Final para liberar de persecución a los militares que combatieron a la guerrilla y al terrorismo marxista en los años 70´, ahora deciden contrariar sus propios actos y embestir contra un puñado de Diputados del bloque de la Libertad Avanza, por haber presuntamente estos asistido a visitar prisioneros uniformados, los cuales están padeciendo un calvario inconstitucional como consecuencia de prevaricaciones e irregularidades ilegales, que desatienden garantías jurídicas elementales previstas en la Constitución Nacional.
¿Por qué están presos hoy militares que repelieron victoriosamente una guerra interna medio Siglo atrás contra ejércitos subversivos de inspiración castro-comunista?
Porque así lo impuso no el estado de Derecho sino el insólito malviviente Néstor Kirchner a poco de asumir su mandato presidencial en 2003. Punto. No hay otra explicación. Antes de Kirchner no existía dicha persecución. Fue una decisión política y no jurídica basada en que al momento de llegar el kirchnerismo al poder, éste realizó un golpe de Estado a la Corte Suprema de Justicia derrocando a 4 de los 7 jueces del Cuerpo (es decir el 57,2% de sus miembros), a fin de lograr una mayoría de facto a base de nombramientos de Magistrados colocados por la ventana y con ello, dar curso a la innoble cacería de militares y civiles octogenarios que son acusados a la marchanta de haber actuado en la guerra antiterrorista varias décadas atrás, la cual se intensificó cuando en 1975 el mismo partido de Néstor Kirchner (Partido Justicialista), le ordenó a las FF.AA. mediante Decretos sucesivos (febrero y octubre de ese año) “aniquilar el accionar de los elementos subversivos”. Con el dato no menor de que conforme el Reglamento de Terminología Castrense, “aniquilar” se define como la “eliminación física y/o moral del enemigo”.
¿En qué pabellón penal está la principal firmante de esos Decretos, la entonces Presidente Isabel Martínez de Perón? Pues gozando de libertad y buena vida en Europa, gracias a los ingentes recursos acumulados por su difunto marido Juan Perón, es decir el creador de los grupos paramilitares conocidos como “Triple A”, de los cuales el peronismo siempre se hizo el distraído.
¿Con qué fundamento empezó la justicia kirchnerista a perseguir a los militares tantos años después de ocurridos los hechos? Pues basándose en una tipificación del derecho internacional conocida como “Lesa Humanidad”, la cual nos dice que quienes incurren en este tipo de delitos no son pasibles de los beneficios de prescripción, indultos o amnistías.
Vayamos a cuentas.
El crimen de lesa humanidad conforme lo define el Estatuto de Roma suscripto en 1998 e incorporado por la República Argentina en el año 2001 (y cuya normativa es aplicable a los hechos acontecidos con posterioridad a la incorporación en la legislación local y no a los años 70´), es el “ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, agregando que “Por ´ataque contra una población civil´ se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización” (así lo describe el extenso artículo 7 de dicho Tratado).
Más allá de que las Fuerzas Armadas no hayan luchado contra “población civil” sino contra población combatiente (ejércitos irregulares armados y apañados por Cuba), fundamentalmente cuadros de ERP y Montoneros cuyo número alcanzó los 25 mil integrantes, lo confirmadamente cierto es que es inconstitucional la aplicabilidad del concepto de Lesa Humanidad a episodios acontecidos muchos años atrás: dato elemental que lo sabe cualquier estudiante de primer año de derecho.
Como fuera dicho, este conflicto armado había sido superado por indultos y amnistías graduales emitidas en democracia y avaladas en cuanto a su legalidad y constitucionalidad por la Corte Suprema de Justicia (tanto en los tiempos del Presidente Raúl Alfonsín, como en los de Carlos Menem y los del propio Fernando de la Rúa), pero la posterior Corte de facto que irregularmente impuso Néstor Kirchner (el mismo personaje que fuera socio del ladrón Lázaro Báez y consorte de la delincuente Cristina Fernández), ordenó a la sazón a sus nuevos lacayos desoír ilegalmente los siguientes principios jurídicos reconocidos expresamente por nuestra Constitución Nacional: Principio de Cosa Juzgada, Principio de Irretroactividad de la Ley Penal, Principio de Ley Penal más Benigna, Principio de Juez Natural y Principio de Ne bis in idem, además de los consabidos principios de prescripción previstos de sobra en la legislación penal vigente.
Pues bien, a partir de entonces, el aparato del Estado por medio de los sumisos jueces federales del sistema (de los cuales el kirchnerismo nombró a más de la mitad) comenzó a perseguir no sin prevaricar a un sinfín de uniformados mediante juicios paródicos que perduran hasta nuestros días.
Luego, este ataque sistemático y generalizado a la población militar llevado por esta maquinaria naciente a partir del año 2003, se encargó de que al día de la fecha 2738 personas atravesaran cuestiones procesales con todas las citadas arbitrariedades legales a cuestas (el promedio de edad de los presos actualmente es de 79 años). Y siendo que a pesar de que la prisión preventiva no puede superar los dos años (salvo que por “riesgo procesal” el juez decida otorgarle un año más), hoy el promedio de tiempo de un detenido sin condena es de 9,4 años, de los cuales hay 21 prisioneros inocentes que llevan más de 16 años encerrados sin sentencia alguna. Es más: 855 uniformados ya murieron en cautiverio de los cuales 723 murieron inocentes, porque ni siquiera pasaron por la sentencia teatral condenatoria.
Ante tan notorios atropellos, que un grupo de Diputados hayan acudido a entrevistarse con los afectados para conocer de cerca la situación de indefensión y hostigamiento que por espacio de décadas vienen padeciendo, esto no sólo no debe ser cuestionado ni mucho menos sancionado, sino a todas luces reivindicado: todo Diputado con una mínima cuota de honestidad intelectual y moral más allá de banderías ideológicas, tiene que interiorizarse ante situaciones de manifiesta vulnerabilidad legal de sus compatriotas. El no hacerlo implicaría una notable irresponsabilidad individual e institucional.
Por lo tanto, desde estas líneas quien suscribe celebra la noble actitud de los Diputados en cuestión, y repudia tanto la hipocresía mediática como el contubernio partidocrático que con discursos demagógicos y frases rudimentarias desatiende la historia, el derecho y el requerimiento urgente de las víctimas actuales.