El pasado 21 de Febrero tuvo lugar la bendición de Carlos Perciavalle y Jimmy Castilhos por parte del presbítero Francisco Gordalina, en representación del Obispo de Maldonado, Mons. Milton Trócoli.
Al día siguiente el Obispado emitió la siguiente “Carta a la Comunidad Diocesana”:
“Queridas hermanas y hermanos de la diócesis:
Viendo las repercusiones que ha tenido en algunas personas de la comunidad eclesial la bendición a C. Perciavalle y a J. Castilhos, considero importante compartir con ustedes el camino recorrido con relación a esto.
Después de los primeros anuncios en los medios sobre una “celebración religiosa” de casamiento en una Iglesia y de un comunicado aclaratorio por parte de la Diócesis, se realizó una reunión –a solicitud de ellos- para dialogar personalmente y clarificar situaciones. A dicha reunión fuimos el P. Francisco Gordalina, vicario general y yo. Fue un diálogo largo, profundo y sereno. Allí les fue entregado el documento del Vaticano Fiducia Supplicans y se comentaron algunos de sus párrafos.
En ese diálogo solicitaron recibir la bendición, posibilidad que plantea dicho documento, para parejas en “situación irregular”. Se emplearon algunos días para poder realizar las consultas pertinentes.
Consultamos a la Nunciatura Apostólica en el Uruguay acerca de cómo se debía proceder en esta situación, que se preveía con características mediáticas. Se nos informó que había que dar la bendición, dado que había un documento firmado por el Papa y que se debía proceder en consonancia.
Comunicamos entonces a los interesados que la bendición se daría y se les recordó que no sería en una iglesia, que era una bendición a las personas y no a la unión, (no era un “casamiento por Iglesia”), y que por lo mismo sería de un modo discreto, sin presencia de invitados; que era una bendición simple.
Después de evaluar algunas posibilidades y limitaciones de lugar y de agenda, se llegó a que fuera en su casa.
Comprendo que lo mediático de la situación ha podido herir la sensibilidad de algunos y tal vez pueda haber confundido a otros.
También ha movido algunos a acercarse para plantear su situación vital, personal o familiar, agradeciendo la cercanía de la Iglesia.
Como lo declara el mismo documento Fiducia Supplicans, la Iglesia sigue afirmando el sagrado valor del matrimonio entre un varón y una mujer, con una unión exclusiva, estable e indisoluble y abierto a la vida (cfr. n 4). Esto no está en cuestión.
A la vez, el documento busca acercarse pastoralmente a quienes se encuentran en “situaciones irregulares”. Y no lo hace por motivos ideológicos, ni de propaganda, sino buscando que la caridad de Cristo llegue a todos.
La novedad del documento y sus implicancias pastorales nos moviliza a todos. Esto nos invita a una reflexión profunda acerca de cómo seguir buscando caminos para evangelizar. Es un desafío grande, que exige oración, discernimiento y reflexión.
Deseaba compartir con ustedes, como Iglesia diocesana, estas reflexiones y lo que ha sido el camino recorrido respecto de esta situación. Sigamos caminando juntos en este tiempo de cuaresma, que nos lleva al desierto para templar nuestro corazón en el camino hacia la Pascua y renovarnos interiormente.
Fraternalmente en Cristo.
+Milton Tróccoli
Obispo de Maldonado – Punta del Este- Minas y Rocha.”
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En primer lugar, sabemos de muchos Obispos, más aún, Conferencias Episcopales enteras, que sin hacer ninguna consulta a la Nunciatura decidieron que en sus jurisdicciones no se bendecía a parejas homosexuales.
Dice la “Nota explicativa” posterior a “Fiducia Supplicans”:
“Los documentos del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, como Fiducia supplicans, en sus aspectos prácticos, pueden requerir más o menos tiempo para su aplicación de acuerdo con los contextos locales, según el discernimiento de cada Obispo diocesano con su Diócesis. En algunos lugares no se advierten dificultades para una aplicación inmediata, y en otros ven la necesidad de no innovar mientras se toman todo el tiempo que haga falta para la lectura y la interpretación.
(…)
Cada Obispo local, por su función propia, tiene desde siempre la potestad del discernimiento in loco, en ese lugar tan concreto que él conoce más que otros porque es su rebaño. La prudencia y la atención al contexto eclesial y a la cultura local podrían admitir diversos modos de aplicación, pero no una negación total o definitiva de este paso que se está proponiendo a los sacerdotes.
(…)
Aunque algún Obispo considere prudente por el momento no dar estas bendiciones, igualmente todos necesitamos crecer en la convicción de que las bendiciones no ritualizadas no son una consagración de la persona o de la pareja que las recibe, no son una justificación de todas sus acciones, no son una ratificación de la vida que llevan.”
Por tanto, la decisión de dar o no dar una bendición como ésta en un caso particular es enteramente del Obispo del lugar.
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En segundo lugar, transcribimos las palabras de la ceremonia de bendición tal como constan por la prensa, que incluso presenta una filmación de la misma:
“Como hijos de Dios que son ambos me han pedido la bendición para ustedes de parte de nuestro Padre. Es con gusto que nos hacemos presentes, en el nombre de la Iglesia, para pedir que los bendiga“.
“Es un modo con el que la Iglesia quiere mostrarles que Dios está con ustedes, y nosotros también sabemos que ustedes están con Dios“.
Luego, puso la mano sobre la frente de Perciavalle y expresó: “Carlos, que Dios te guarde y te bendiga, te conduzca por el camino de la paz y del amor, y te ayude a crecer en la entrega a tus hermanos y en el amor que tu has de brindarnos”. Con palabras similares, repitió el gesto con Castilhos.”
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Como se ve, el rito es ambiguo, porque se comienza hablando a la pareja, y luego se le impone la mano y bendice a cada uno de ellos.
Ya algo de esto venía en la “Nota de prensa” mencionada:
“Dado que algunos han expresado que les cuesta entender cómo podrían ser estas bendiciones, veamos un ejemplo concreto: imaginemos que en medio de una gran peregrinación una pareja de divorciados en nueva unión, le dicen al sacerdote: “Por favor, denos una bendición, no conseguimos empleo, él está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se nos vuelve muy pesada, que Dios nos ayude”.
En ese caso, el sacerdote puede decir una simple oración semejante a esta: “Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz, ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio y concédeles vivir según tu voluntad. Amén”. Y finaliza con el signo de la cruz sobre cada uno de los dos.”
Nada de esto autoriza entonces a decir que no se bendijo a la pareja, sino a cada uno de ellos por separado.
De hecho, se dice que lo que se hizo fue aplicar “Fiducia Supplicans”, la cual claramente establece la posibilidad de bendecir parejas en situación irregular o del mismo sexo.
Y el comunicado del Obispado dice:
“En ese diálogo solicitaron recibir la bendición, posibilidad que plantea dicho documento, para parejas en “situación irregular”. Se emplearon algunos días para poder realizar las consultas pertinentes.”
En todo caso, no creemos que una eventual consulta al Obispado acerca de si efectivamente fue bendecida la pareja tuviese otra respuesta que la afirmativa.
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En tercer lugar, no se hace referencia alguna al pecado ni a la conversión en las palabras de la ceremonia en cuestión, apartándose en eso incluso de lo que dice la “Nota de prensa”:
“También se pide que puedan vivir en plena fidelidad al Evangelio de Cristo, para que el Espíritu Santo pueda liberar a esas dos personas de todo lo que no responda a su voluntad divina, de todo lo que necesite purificación. (…) Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio.”
Por el contrario, se les dice, no solamente que Dios está con ellos, sino que ellos están con Dios, lo cual no hay otra forma de entenderlo que acerca del estado de gracia.
San Agustín, por el contrario, le dice a Dios en las “Confesiones“: “Tú estabas conmigo, pero yo no estaba contigo“. (Conf. 10, 27, 38)
El estado de gracia de una persona, además, es algo que la Iglesia dice solamente de los Santos canonizados, que en realidad ya están en la gloria.
Si nos parece que esto último es excesivo, porque “de internis neque Ecclesia”, es decir, la Iglesia no juzga el fuero interno, entonces habrá que tomarlo como una aprobación en el fuero externo, o sea, una aprobación de la situación objetiva en que se encuentran estas personas, que es la de una relación homosexual contraria a la ley divina y a la misma naturaleza humana.
Ninguna de las dos alternativas se entiende sin el supuesto de la licitud moral de las uniones homosexuales y de los actos que las verifican.
El escándalo, por tanto, que se da tanto a creyentes como a no creyentes al decirle a una pareja de homosexuales que acaba de celebrar su “unión civil” y que ya tienen ahí mismo preparada, para celebrarse inmediatamente a continuación, su “megafiesta de bodas”, que ellos “están con Dios” es realmente terrible, más aún, plantea al menos serios interrogantes acerca del respeto a la ortodoxia católica en las implicancias al menos de lo que se ha hecho.
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En cuarto lugar, efectivamente, y como nos han señalado, dado el carácter tan veloz, espontáneo y descontracturado de estas bendiciones, si en la reunión preparatoria ambos habían pedido la bendición, ahí era el momento, parece, para, sin consultar a Nunciatura alguna, proceder a un rápido gesto no ritualizado que no sobrepasase los 15 segundos, y asunto concluido.
¿Por qué no se hizo eso, sobre todo si la alternativa, lo que finalmente se hizo, “se preveía con características mediáticas”?
Lo que se hizo fue absolutamente lo contrario: tomar de algún modo parte en una pesada organización que ya incluía meses de preparación, expertos en planificación de bodas, resonancia mediática donde obviamente se comenzó hablando de “matrimonio religioso”, y seguir con comunicados del Obispado, consultas a la Nunciatura, una “bendición” que se planifica, como dice en el mismo comunicado del Obispo que reprodujimos arriba, presencia de periodistas, cámaras y filmación en la ceremonia “íntima y discreta” de la bendición, todo lo cual prepara la consiguiente campaña de prensa que acaba solamente de comenzar.
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El comunicado del Obispado dice que la bendición “sería de un modo discreto, sin presencia de invitados”
Hoy día todos podemos verla filmada en Internet, porque no había invitados, pero había periodistas (suponemos entonces que no estaban invitados) filmando y sacando al final una foto del sacerdote y los dos “bendecidos”.
¿Eso es la discreción?
Por un lado, se nos pinta una imagen del tipo de una película de “western”, donde los sacerdotes competirían entre sí para ver quién es el bendecidor más rápido del Oeste, el Billy the Kid o el Doc Holliday de la espontaneidad no litúrgica y no ritualizada, y por otro lado, en la realidad, nos encontramos con superproducciones estilo Hollywood, con meses de preparación, trailers, publicidad por todas partes, etc.
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La Carta del Obispado dice que la Iglesia no hace esto “por motivos ideológicos, ni de propaganda”.
Pero ahí mismo se admite que se era consciente de las repercusiones mediáticas, obviamente ideologizadas y propagandísticas, que iba a tener el evento en cuestión, a diferencia de lo que habría sucedido con un gesto rápido y espontáneo de esos que promueve el Card. Fernández y que podría haber tenido lugar perfectamente en el primer encuentro entre el Obispo y estas personas.
El que sí tiene que sufrir mientras tanto es el sufrido Pueblo de Dios que no tiene la “fortuna” de pertenecer a ningún colectivo de moda.
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Oremos en esta Cuaresma para que pronto se solucione en la Iglesia esta situación y vuelva a quedar en claro la doctrina católica de siempre, fielmente resumida en el “Responsum” de la Congregación para la Doctrina de la Fe de 2021:
“En consecuencia, para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia solo aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios.
Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo. La presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de valorar, con todo no es capaz de justificarlas y hacerlas objeto lícito de una bendición eclesial, porque tales elementos se encuentran al servicio de una unión no ordenada al designio de Dios.”